Normativas

En Rodri Seguridad somos una empresa implicada en cumplir y explicar a nuestros clientes todas las normativas de seguridad. Creemos que la transparencia es un valor que se convierte en confianza y qué mejor que la confianza para tratar la seguridad de nuestros clientes. Somos muy conscientes de que, a veces, es complicado poder explicar la normativa ya que ésta es muy extensa y cambiante.

 

Por este motivo apostamos por poner a disposición de nuestros clientes las diferentes normativas de seguridad y que, de este modo, puedan consultarlas si es necesario.

ADAPTACION A NORMATIVA GRADO 2 Y 3

La Orden del Ministerio del Interior 826/2020, de 3 de septiembre, amplió los plazos de adecuación de los sistemas de seguridad electrónicos hasta el 31 de diciembre de 2023. Llegada pues esta fecha, se pondrá fin al período transitorio que prevén las Órdenes INT/314/2011, sobre empresas de seguridad privada; INT/316/2011, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma e INT/317/2011, sobre medidas de seguridad privada, y lo previsto en esta normativa será exigible a los usuarios.

Sin entrar en aspectos técnicos, y con la única finalidad de facilitar la difusión a los usuarios de sistemas de seguridad así como a los instaladores de estos sistemas, de cuáles son las obligaciones que establece la normativa vigente, desde el Departamento de Interior han confeccionado los folletos que los adjuntamos. Uno va destinado a establecimientos obligados y el otro, más genérico, para contratantes de sistemas de seguridad conectados a centrales receptoras de alarmas.

NORMATIVA SEGURIDAD PRIVADA

Rodri Seguridad tiene como premisa la transparencia a la hora de informar a nuestros clientes. Por este motivo y viendo que, en muchas ocasiones el afán por vender puede llevar a decir medias verdades, creemos oportuno poner a disposición de nuestros clientes la normativa de seguridad privada donde se habla, entre otras cosas, de los sistemas de seguridad y verificación de las alarmas y de quien puede instalarlas.

 

Hay que tener en cuenta que es la normativa en ámbito español y algunos de los artículos pueden ser diferentes para Cataluña, ya que la competencia en algunas de estas materias es de la Generalitat. Por ejemplo la verificación de alarmas que en vez de 3 detectores como dice el BOE, en Cataluña sólo hacen falta 2.

NORMATIVA LOPD VIDEOVIGILANCIA

La tendencia a la instalación de sistemas de videovigilancia va en aumento y cada vez se generan más dudas y preguntas sobre la legalidad de estas instalaciones. A Rodri Seguretat os facilitamos la normativa de videovigilancia de la Agencia Española de Protección de Datos. Este documento, junto con un resumen creado por nuestro colaborador en protección de datos AILOPD, permitirá resolver dudas y ser también un resumen de las preguntas más frecuentes.

NORMATIVA CONTRA INCENDIOS (BOE)

NORMATIVA FALSAS ALARMAS

En Rodri Seguridad hemos detectado que, en muchas ocasiones se produce confusión y medias verdades en los protocolos de actuación en caso de alarma (en alarmas conectadas a una central de alarmas y cuando éstas pueden o no hacer un aviso a Policía). Por eso ponemos a su disposición la normativa extraída del DOGC para que quien quiera pueda consultarla. El objetivo es clarificar en qué casos una alarma puede hacer un aviso a la policía y en qué otros sólo se puede avisar al cliente. También se exponen diferentes maneras de verificar una alarma, con dos detectores volumétricos o más o por un detector con cámara incorporada llamado videoverificación.